El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) tendrá que dictar una sentencia que puede ser relevante para la lucha contra la libre difusión de pornografía.
El origen del caso está en una demanda que planteó en 2017 el preso Roman Chocholac contra Eslovaquia por confiscarle publicaciones pornográficas e imponerle una sanción por su posesión, contraria a las normas del centro penitenciario donde cumple cadena perpetua por un doble asesinato.
Roman alega que se violaron sus derechos a la intimidad y a la libertad de expresión. El TEDH decidirá si la Convención Europea de Derechos Humanos ampara la pretensión del demandante o respalda la disposición carcelaria eslovaca que restinge el consumo de pornografía.
Tanto en un sentido como en otro, esa sentencia tendría consecuencias dentro de la lucha que desde muchos ámbitos se está llevando a cabo contra la pornografía ante las evidencias clínicas de que su adicción es epidémica y constituye ya un problema de salud pública.
Las alegaciones de Grégor Puppinck
En apoyo al estado eslovaco, el TEDH ha admitido la personación del Centro Europeo por el Derecho y la Justicia [ECLJ, por sus siglas en inglés] que preside Grégor Puppinck, uno de los grandes defensores de la familia, la vida y la libertad religiosa ante las instituciones europeas.
Eso ha permitido al ECLJ presentar un completo escrito de alegaciones sobre por qué la pornografía no solo no cae bajo la protección de la Convención Europea de Derechos Humanos, sino que viola sus artículos 8, 9, 10, 11 y 21 que protegen la moral y la salud de los ciudadanos europeos y permiten a los Estados signatarios limitar las actividades perjudiciales para una u otra.
El ECLJ basa sus observaciones en un informe sobre Pornografía y Derechos Humanos que preparó en octubre de 2019 recogiendo todas las pruebas procedentes de estudios e investigaciones que establecen que el consumo reiterado de pornografía produce un riesgo de adicción y numerosas patologías psicológicas y trastornos relacionales: "Sistemáticamente degrada a las personas y estimula la violencia, la agresión e incluso el sadismo o el masoquismo. La degradación de la mujer es cuasi-sistemática en la pornografía, donde es presentada de forma humillante y estereotipada", afirma el Centro en una síntesis de sus conclusiones.
En su escrito, Puppinck y los otros dos firmantes del documento, Christophe Foltzenlogel y Jean-Luc Thiver-Joly, afirman que las autoridades están legitimadas para proteger a los reclusos de los "efectos perversos" de la pornografía, en la medida en que son "particularmente vulnerables" a ellos porque su situación de "aislamiento e inactividad incrementa el riesgo de adicción".
Además, "el aumento de la violencia impulsiva causada por la pornografía es aún más problemática en presos condenados por violencia sexual". Por tanto, "no prevenir la difusión de material pornográfico en centros de detención pondría en peligro el deber del Estado de asegurar la salud y seguridad de sus presos, así como su rehabilitación".
Protección de derechos
Aunque el ECLJ reconoce que las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos han aplicado de forma muy limitada la protección de la moral que recoge el Convenio, "cuando se trata de pornografía hay otros fundamentos, concernientes a la salud, la seguridad y la dignidad, que abogan por un mayor control. Parece haber una creciente conciencia social del carácter dañino de la pornografía y de la necesidad de proteger a los afectados, en particular los más jóvenes y vulnerables".
De hecho, la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa está debatiendo dos borradores de resolución que recomenarían a los Estados ejercer un mayor control de la pornografía para proteger los derechos de las mujeres y los niños.