La nueva sentencia, que salió adelante con 15 votos a favor y 2 en contra, señala que Italia no infringe el Convenio Europeo de Derechos Humanos y actúa dentro de los límites en el ejercicio de sus funciones en el terreno de la enseñanza, al mantener los crucifijos en las escuelas públicas.
El Tribunal Europeo responde al recurso presentado por el Gobierno italiano contra el fallo precedente del mismo Tribunal por el llamado ´caso Lautsi´, que declaró en el año 2009 que la presencia de los crucifijos en las escuelas públicas era "una violación de los derechos de los padres" y de la libertad religiosa de los alumnos.
El Tribunal respondió así al recurso presentado por Soile Lautsi, una ciudadana italiana de origen finlandés que había pedido a la escuela pública en la que estudiaban sus hijos que quitara los crucifijos de las clases. El Gobierno italiano recurrió la sentencia ante la Gran Sala de la Corte de Derechos Humanos Europea porque consideraba que "eliminaba un símbolo de la tradición" italiana.
Según adelantó el diario ´La Stampa´ el pasado miércoles, el Ejecutivo italiano asegura en su defensa que el crucifijo tiene "una función simbólica altamente educativa" y "no es sólo un objeto de culto" sino "un símbolo que exprime el elevado fundamento de los valores civiles".
El Tribunal Europeo subraya que el crucifijo "es ante todo un símbolo religioso" y que el Estado debe "garantizar el derecho de los padres a la educación y a los hijos conforme a sus propias convicciones religiosas y filosóficas", aunque recuerda que "la presencia de los crucifijos no está asociada a una enseñanza sobre cristianismo" y subraya que "no hay nada que indique" que las autoridades italianas son "intolerantes con los estudiantes de otras religiones o no creyentes".
Además, el Tribunal Europeo sostiene que los demandantes no han presentado pruebas de que la presencia del crucifijo "haya promovido una tendencia hacia el proselitismo" del cristianismo.