Una nueva sentencia, en este caso del Juzgado de Primea Instancia número 30 de Barcelona, ha vuelto a dar la razón a la asociación Lumen Dei y a monseñor Sanz Montes, comisario pontificio nombrado por la Santa Sede para un problema que se arrastra desde hace años.
En un comunicado esta asociación reitera que hasta el momento “todos los procedimientos (más de 30) en que Mons. Sanz Montes ha sido querellado, denunciado o demandado, han terminado con pronunciamiento judicial favorable a nuestro Superior”.
Esta última victoria judicial tiene mayor importancia pues trataba de un asunto que tuvo un gran eco mediático después de que La Sexta realizara un programa en la que hablaba sobre “que hay detrás de los negocios inmobiliarios del arzobispo de Oviedo”, pese a la falsedad de los argumentos utilizados contra él.
El presente procedimiento pedía la nulidad de la venta de un inmueble en Barcelona por parte de ex miembros de Lumen Dei.
Estos son los puntos centrales de la sentencia de los que informa Lumen Dei:
-no existen dos Lumen Dei como alegan las ex miembros: una Pía Unión Lumen Dei dependiente de la Archidiócesis de Valencia, y una Unión Lumen Dei, asociación privada de fieles, dependiente de la Diócesis de Cuenca. La sentencia deja claro, afirma el comunicado, que desde 1986 ya no existe la Pía Unión, y que la única que existe es la Unión Lumen Dei. Niega, pues, legitimación activa a las demandantes que se personan en nombre de la Pía Unión inexistente (Fdto. Jco. 6º: “sencillamente, no hay dos LUMEN DEI diferentes, sino una sola, con lo que cabe negar la legitimación activa esgrimida por la entidad demandante en este pleito”).
-niega también legitimación activa, como demandantes, a las 136 ex miembros de Lumen Dei (Fdto. Jco. 17º), en cuanto dimitieron de Lumen Dei en mayo de 2014, o fueron separadas de esta entidad posteriormente. Estas personas, que primero se presentaban como “monjas” (nunca lo fueron) y ahora como “misioneras” (para ello tendrían que ser enviadas expresamente por la Iglesia, lo que no es el caso)
-la Santa Sede ha actuado conforme a Derecho en el nombramiento de un Comisario Pontificio, porque “como consta en las actuaciones, nadie duda de que la situación que se estaba viviendo en la asociación entre los años 2005 y 2007 era de una gravedad extrema” (Fdto. Jco. 20º). Dicho nombramiento, con facultades de Superior General, recayó primero en la persona de Mons. D. Fernando Sebastián Aguilar (ya fallecido) y después en Mons. Sanz Montes.