La audiencia de Barcelona ha archivado el último caso judicial relacionado con las propiedades de la organización Lumen Dei, que implicaba al obispo de Oviedo, Jesús Sanz Montes, y al de Cuenca, José María Yanguas. La justicia da la razón a los obispos, y no a las integrantes de Lumen Dei que llevaron el caso a los tribunales.
En 2009 el Vaticano nombró al obispo Jesús Sanz comisario responsable de Lumen Dei, una comunidad católica con semi-consagradas, sacerdotes, laicos y obras apostólicas. En 2011 el obispo empezó a vender algunos bienes de la asociación: el Colegio Saint Mary de Pozuelo de Alarcón (Madrid), los inmuebles de los números 17, 19 y 21 de la calle Xuclà de Barcelona (donde habían tenido su residencia las religiosas y un pequeño estudio de radio y de grabación) y el edificio de Maestro Ripoll 14 en Madrid. Otras propiedades fueron puestas en alquiler.
¿Hay tres Lumen Dei distintos?
Las religiosas llevaron el asunto a los tribunales: aseguraron que los obispos falseaban la realidad de los documentos de los inmuebles, que había tres entidades distintas que usaban las palabras "Lumen Dei" pero que Sanz solo estaba autorizada a trabajar sobre una de ellas.
Así, las religiosas distinguían entre:
- Asociación Pía Unión Lumen Dei, aprobada en Valencia en 1975 y que es la que dispone de todo el patrimonio;
- Asociación Unión Sacerdotal Lumen Dei, erigida en Cuenca en 1986;
- y la Unión Lumen Dei, constituida en Cuenca en 1986, la única de la que Sanz sería responsable por encargo vaticano.
Por lo tanto, según las denunciantes, todo lo que vendiera o gestionara Sanz de las dos primeras entidades lo estaría haciendo ilegalmente. Presentaron, pues, una denuncia en diciembre de 2016 contra el obispo Sanz, el obispo Yanguas, otras seis personas más y dos mercantiles por delitos de falsedad en documento oficial, estafa y contrato simulado.
La Santa Sede confirma la autoridad de Sanz Montes
Sin embargo, la Sala Quinta de la Audiencia Provincial de Barcelona ha dado ahora la razón a Sanz y los otros denunciados e, incluso, señala que «las aparentemente sencillas afirmaciones de las denunciantes resultan controvertidas y avalan indiciariamente la legalidad del nombramiento».
Los magistrados detallan que la Santa Sede aclaró el decreto de nombramiento de Sanz de 12 de mayo de 2009 manifestando semanas después que «se extiende a las tres asociaciones Lumen Dei al estar relacionadas entre sí y con la obra del padre Molina» y que el obispo de Cuenca certificó igualmente que las tres eran la misma.
También que a la luz de los estatutos de Lumen Dei de 1975 y Union Lúmen Dei de 1986, se suprime la palabra «Pía» que era la usada por el Código Canónico de 1917 para evitar así errores jurídicos, de manera que serían la misma entidad.
«Los datos expuestos conducen a concluir que indiciariamente y hasta tanto pueda resolverse lo que corresponda en el ámbito civil o en el que resulte más competente, el nombramiento del denunciando Jesús Sanz como comisario pontificio para la asociación Lumen Dei (Pía Unión Lumen Dei) reviste apariencia de legitimidad», afirman.
Y, añaden, «lo que no conduce sino a constatar que de lo acordado no aparece debidamente justificada la perpetración de los delitos que han dado lugar a la formación de la causa».
Con esta victoria judicial en Barcelona, que no es recurrible y sigue a otras similares en otros juzgados de España, ya no queda ninguna causa penal en trámite contra Sanz ni Yanguas.