Este martes fue eutanasiado Marin Eugen Sabau, de 45 años, un vigilante de seguridad de origen rumano que el pasado 14 de diciembre entró en la sede de la empresa Securitas en Tarragona, de la que había sido despedido, y disparó contra tres antiguos compañeros, a quienes hirió gravemente. Durante su huida hirió en un brazo por otro disparo uno de los policías autonómicos que le perseguían. Finalmente, tras seis horas de persecución, fue reducido en una masía próxima a Ruidoms, donde se había atrincherado, resultando él mismo herido con lesiones que le han dejado parapléjico.
Lo llamativo de este caso es que el juicio todavía no se ha celebrado, por lo que las víctimas alegaban que la concesión de la eutanasia antes de que el acusado compareciese ante el tribunal las privaba de la tutela judicial efectiva de sus derechos. Sabau no podrá ser condenado ni se sustanciarán eventuales responsabilidades civiles.
Cuando solicitó la eutanasia y le fue concedida, tanto sus tres ex compañeros como el mosso pidieron a los tribunales que la muerte de Sabau tuviese lugar tras el juicio. Sin embargo, tanto el juzgado de instrucción número 5 de Tarragona como la Audiencia Provincial como, este mismo mes, el Tribunal Constitucional, dieron la razón al agresor. Del mismo modo, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, aunque aún ha de estudiar el caso, negó la suspensión cautelar de la eutanasia.
Sabau llegó incluso a pedir su puesta en libertad para dejar el Hospital Penitenciario de Tarrasa, donde se encuentra ingresado con una lesión medular irreversible, y pasar sus últimos días en un hospital ordinario. Pero esta petición sí fue rechazada por el riesgo de fuga y porque no ha manifestado arrepentimiento alguno por el daño causado.
Los vacíos de la ley
Las distintas sentencias favorables a las pretensiones de Sabau no han entrado a valorar un conflicto de derechos, sino que se han basado en cuestiones de competencia ante un procedimiento configurado como meramente administrativo, y en una estricta interpretación sobre la tutela judicial.
Pero en última instancia remiten a la Ley de Eutanasia.
La cual, por un lado, solo exige para autorizar la muerte que la comisión de garantías y evaluación de las autoridades sanitarias dé su visto bueno, y en este caso lo ha dado a la luz de los requisitos legales, por concurrir en el preso un dolor considerado "constante y persistente" que la Generalitat de Cataluña entiende legitimador del procedimiento.
Y, por otro, equipara la eutanasia a una muerte natural, lo cual impide la intervención judicial para su paralización.
Según recoge El País, José Antonio Bitos, representante legal del policía herido, recalca que los demandantes no pretendían impedir la eutanasia, sino "que las víctimas pudiesen tener un juicio justo”. Por su parte, Mireia Ruiz, abogada de uno de los trabajadores afectados, destacó la rapidez con la que ha tenido lugar este proceso, que el tribunal de Estrasburgo resolvió en 24 horas: “El tema ha tenido una gran repercusión social y se le ha dado una agilidad a la que no estamos acostumbrados los letrados que tenemos mucha experiencia en juicios”.
Lo cual permitirá que este imprevisto agujero de la ley española de eutanasia (uno más entre otros vacíos e inconsistencias importantes) desaparezca de los titulares antes de que concluya el periodo vacacional de verano.