1 de junio de 2010. Federico Trillo, actual embajador español en Londres y entonces coordinador de Justicia del Partido Popular, acompañado por otros miembros de su partido, presentaba en el Tribunal Constitucional el recurso contra la ley del aborto que aprobó el Gobierno de Rodríguez Zapatero, la conocida como «ley Aído», actualmente en vigor, que, entre otros aspectos relevantes, permite la interrupción libre del embarazo durante las primeras 14 semanas de gestación.

Se van a cumplir cinco años desde entonces. El 30 de junio de ese mismo año, el Alto Tribunal admitía a trámite el recurso firmado por 50 diputados del PP. El Gobierno de Navarra se sumó también a ese recurso.

Va camino de convertirse en uno de los recursos contra una ley estatal que más tiempo ha tardado el Alto Tribunal en resolver, aunque todavía un poco lejos de los siete años que necesitaron los magistrados para avalar la ley del matrimonio homosexual.

Los «populares», entonces en la oposición, se comprometieron a derogar esa ley cuando llegasen al Gobierno, promesa que reiteraron en 2011 al vencer en las elecciones. Sin embargo, el proyecto de reforma quedó sólamente en éso, en un proyecto, que, además, se llevó por delante la vida política de quien entonces era ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón.

La «falta de consenso» fue el motivo esgrimido desde el Ejecutivo. Recientemente, eso sí, modificaron un aspecto sustancial que contempla la «Ley Aído», como es la necesidad de que las menores que deseen abortar tengan que solicitar autorización paterna.

El 30 de junio de 2010 comenzaba así el Tribunal Constitucional a tramitar el recurso. Así, apenas tres meses después, los doce magistrados del Alto Tribunal ya disponían del informe de la Abogacía del Estado, en representación del Gobierno, en el que solicitaba que se rechazara el recurso del PP, al esgrimir, entre otros motivos, que la ley recurrida no suponía en ningún caso la «liberalización del aborto».


Sobre la libertad de la mujer de poder abortar durante las primeras semanas de gestación, los Servicios Jurídicos del Estado sostenían que «la Ley recurrida ha optado, durante las primeras catorce semanas de gestación por un modelo de protección de la vida prenatal en el que el Estado considera que el método más eficaz de protección de la vida humana dependiente es aquél que cuenta con la madre y no el construido contra ella».

Con todos los informes en su poder, el Tribunal Constitucional, por unas razones u otras, ha ido dando largas a resolver este relevante recurso.

El ponente del mismo, el magistrado Andrés Ollero, tiene redactado desde hace ya algún tiempo su propuesta de resolución –en la que, según algunas fuentes jurídicas, se abogada por derogar algunos de los puntos más esenciales de la vigente ley del aborto–, pero la misma ni siquiera ha sido debatida una sola vez por el pleno.

En este caso, la «falta de consenso» o el esperar para ver si se acometían reformas legislativas sobre esa materia, que pudieran hacer «decaer» el recurso, parece que son los motivos de no se haya ni siquiera puesto fecha para debatir el asunto.

Y eso que en febrero de 2014 parecía que el Tribunal Constitucional iba a fallar definitivamente sobre el recurso. Al menos, así se podía desprender de la respuesta que dio el presidente del Alto Tribunal, Francisco Pérez de los Cobos, al diputado de IU Gaspar Llamazares, quien le dirigió una carta preguntándole sobre la situación en que se encontraban los dos recursos en cuestión.

La respuesta de De los Cobos parecía aventurar una decisión no muy tardía, al responder que el «procedimiento se encuentra concluso» y que están únicamente «pendientes de señalamiento para votación y fallo». Hoy, casi 15 meses después, todo sigue igual.

[Nota de ReL: En una reciente entrevista en ABC (del 15 de abril de 2015) el presidente del Tribunal Constitucional Francisco Pérez de los Cobos, con todo desparpajo explica que en el Tribunal han decidido que el tema de la constitucionalidad del aborto "a petición" se "solucione" por "la alternancia en el Gobierno" y la "acción del legislador"... dejando pasar para ello los años que hagan falta].


Tampoco los juristas llegan a comprender muy bien cómo el TC no ha decidido ya sobre este recurso. Así, el magistrado del TSJ de Galicia José Antonio Ballesteros pone el énfasis en que «no se entiende muy bien el orden que se sigue por el TC para resolver los recursos, para fijar un calendario de resolución de asuntos». En este sentido, destaca que un elemento básico al que debe contribuir todos los tribunales, «y muy especialmente, el Tribunal Constitucional, es el de la seguridad jurídica, y para ello es «esencial el establecer ese calendario».

Desde la Asociación Judicial Francisco de Vitoria, su portavoz, Marcelino Sexmero, señaló que el hecho de que el TC no haya adoptado una decisión sobre estos recursos «evidencia retrasos en el Tribunal Constitucional, sobrecarga de trabajo y que ante asuntos de evidente interés o calado político no parece adoptar las decisiones oportunas en cuanto a dar preferencia a determinados asuntos».

Por su parte, Emilio Frías, portavoz de la Asociación de Fiscales, destacó que «los recursos hay que resolverlos cuanto antes y más los que generan incertidumbre y problemática social», y aquellos «de los que dependen una interpretación de la Constitución». Junto a ello, añadió que lo esencial es la seguridad jurídica, «que la sociedad conozca el marco constitucional que nos rige».