El Gobierno de España, a través del Ministerio de Justicia, ha afirmado que publicará el listado de los bienes inmatriculados (inscritos por primera vez en el Registro) por la Iglesia Católica, y que se está elaborando desde 2017.
El Ministerio asegura que “se encuentra en estos momentos procesando los datos para la realización del listado de bienes inmatriculados” y añade “se prevé que una vez finalizado se proceda a su publicación de forma que se garantice el cumplimiento de la Ley Hipotecaria y la Ley Orgánica de Protección de datos”.
Por su parte, el diputado socialista Antonio Hurtado cree que la publicación del listado abre la puerta a posibles reclamaciones “cuando las instituciones y los privados vean inmatriculados por la Iglesia Católica muchos de los bienes podrán reclamar su propiedad por la vía judicial. Un trabajo de reparación que va a requerir mucho tiempo y esfuerzo”.
Ante esta nueva situación que tiene como objetivo a la Iglesia Católica ha vuelto a aclarar la situación una vez más Fernando Giménez Barriocanal, vicesecretario de Asuntos Económicos de la Conferencia Episcopal.
Hasta 1998 ni pudieron registrarse estos bienes
Hasta el año 1998 "todos los bienes que estaban dedicados al culto no podían acceder al registro por la Ley Hipotecaria", ha recordado Jiménez Barriocanal. Es precisamente a partir del propio año 1998 cuando se empiezan a inscribir hasta el año 2015. En este año se eliminó esta forma de certificación. Estamos hablando de 23 mil parroquias y miles de ermitas, y "todo esto es lo que causa algunas veces una especie de revuelo, porque surge la pregunta ¿qué cosas ha inscrito la Iglesia?".
“En España existen cerca de 40.000 entidades que son reconocidas como Iglesia Católica a nivel civil y que tienen la autonomía que le reconocen las normas civiles y canónicas, en todo, también en su capacidad de inmatriculacion de inmuebles. La Conferencia Episcopal no dispone de un registro de bienes inmuebles de la Iglesia”, explicó.
Además, Barriocanal ha querido incidir, tal y como recoge Ecclesia, en que “el proceso de inmatriculación por certificación no es, en ningún caso, un mecanismo de adquisición de la propiedad de un bien. El acto de registrar no concede la propiedad simplemente la registra. Los bienes se adquieren a través de los sistemas que prevé la legislación con carácter general. Por tanto, a través de los mecanismos de inmatriculación por certificación previstos en la ley (y que dejaron de ser operativos en 2015), lo único que se procuró es dejar constancia de una realidad que es anterior al propio acto de registrarla”.
Por tanto, "hay que dejar muy claro que la Iglesia no se ha apropiado de ningún bien, y el hecho de inmatricular no significa que adquieras la propiedad".
En cualquier caso, el vicesecretario de Asuntos Económicos asegura que “la propia legislación prevé mecanismos para corregir los errores si los hubiere en dicho proceso ya que, como hemos indicado, la inmatriculación no es un mecanismo de adquisición de la propiedad”.
“Los más de 3.000 bienes inmuebles de interés cultural que administran las instituciones de la Iglesia en España aportan una riqueza, cultural, educativa, religiosa y por supuesto, económica muy relevante a nuestro país. De acuerdo con un estudio publicado por la prestigiosa consultora PWC, la puesta a disposición de la sociedad de dichos bienes aportan a la economía nacional más de 22.000 millones de euros al año (2% del PIB)”, anunció.