El Tribunal Constitucional ha declarado que el mal llamado "matrimonio homosexual" es compatible con la Constitución española, según el fallo de la sentencia que los magistrados acaban de votar y por el que se desestima un recurso interpuesto por el Partido Popular en 2005.

El fallo salió adelante gracias a los ocho votos a favor frente a tres en contra. De esta manera se confirma la ley promovida en julio de 2005 por el Gobierno socialista de Rodríguez Zapatero.

Tan sólo 18 palabras son las introducidas en el artículo 44 del Código Civil: "El matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos cuando ambos contrayentes sean del mismo o de diferente sexo".
 
La redacción del texto fue propuesto por el entonces ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar. 

Durante el tiempo de vigencia de esta ley se han celebrado más de 22.000 bodas entre personas del mismo sexo en España.

La sentencia, de la que ha sido ponente Pablo Pérez Tremps, no se conocerá hasta dentro de unos días, cuando estén redactados los votos discrepantes.

"El fallo pivota -señala el diario El Mundo- esencialmente en torno a la consideración de que la regulación del matrimonio homosexual se inscribe en la lógica del mandato que la Constitución da a los poderes públicos de promover las condiciones para que la libertad y la igualdad de los individuos y de los grupos en que se integran sean`reales y efectivas´, según señala el artículo 9.2".