Ahí está el PSOE. Critica al ministro de Educación con un razonamiento de gran altura intelectual: como defiende la educación diferenciada, gobierna sólo para «el Opus Dei y las familias que ganan 8.000 euros al mes». Éste es el nivel. O «El País», que identificó ese sistema educativo con el sexismo y el segregacionismo. Aunque quizás tras esa fobia, más que sectarismo, hay algo tan prosaico como el interés de ciertos sectores de la enseñanza privada concertada por eliminar a los que ven como competidores de éxito.
Otra cosa es la doctrina del Tribunal Supremo. La cuestión es sencilla: ¿la educación diferenciada implica discriminación anticonstitucional por razón de sexo?; incluso, aun siendo constitucionalmente admisible, ¿deben los poderes públicos subvencionar colegios que optan por ese sistema educativo? La primera cuestión es resuelta en favor de la libertad y no se cuestiona que la educación diferenciada sea una opción legítima. La cuestión es si puede ser o no sostenida con fondos públicos.
El legislador ha previsto dos cosas. Por un lado, prohíbe que en la admisión de alumnos en los centros concertados se discrimine por razón de sexo y por otro ordena que en los colegios se favorezca y fomente la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, de forma que sean objeto de atención preferente y prioritaria los centros que desarrollen el principio de coeducación en todas las etapas.
La ley falla en la base porque no hay discriminación por razón de sexo. La experiencia muestra que esos colegios, al satisfacer necesidades de escolarización en un ámbito geográfico concreto, ofrecen plazas para niñas y para niños. Será en distintos colegios, pero la oferta educativa es la misma. Lo discriminatorio y no subvencionable sería que, por haber en un lugar sólo un colegio concertado de niños, las niñas quedasen sin escolarizar. O viceversa.
La ley no respeta las legítimas opciones sobre educación y milita en una, a la que destina el «dinero público», cuya titularidad atribuye a los poderes públicos. Ahí está parte del error porque ese dinero que manejan es de los ciudadanos que lo dan mediante impuestos y debe administrarse en beneficio de todos. Sólo ve un servicio público que se financia de forma no neutral. Al no financiar el ejercicio de los derechos fundamentales de sus ciudadanos, ignora el mandato constitucional de que los poderes públicos deben crear las condiciones para que el ejercicio de esos derechos y libertades sea real y efectivo. Se cae así en la patología típica de los conciertos educativos. Según quien gobierne, o se respetan las libertades o puede que padres y colegios se vean expropiados de un derecho constitucional.
¿Habría sido posible otra interpretación? Creo que sí, pero si el obstáculo es la ley el Tribunal Supremo debería haber dudado de su inconstitucionalidad. Al asumir sin más los fundamentos de la ley de educación echo de menos la sensibilidad que tuvo hacia los derechos fundamentales en los años posteriores a que sigue la opinión de que en una democracia consolidada ya no hay que hacer una interpretación pro libertate de las leyes porque se parte del dogma de que llevan implícito ese espíritu. Es el otro Montesquieu, es el juez que se considera esa «boca inanimada que pronuncia las palabras de la Ley».
El problema es la ley y el ministro de Educación ha dicho que no excluye cambiarla para que la enseñanza diferenciada siga sostenida con fondos públicos si es «compatible con la no discriminación».Ya se ha visto que lo es porque de no serlo sería rechazable, concertada o sin concertar. Por tanto, señor ministro, si ése es el problema ahí tiene el BOE. En estas cosas como en otras –derecho a la vida, familia, matrimonio– es donde se ve si merece la pena votar a un partido u otro.