En la Iglesia Católica latina todos los sacerdotes deben ser célibes y deben vivir en una castidad y continencia total. Y aunque no es un dogma de fe desde el inicio del cristianismo tanto la Tradición como el Magisterio han ido defendiendo, justificando y mostrando cómo el celibato sacerdotal es un gran don para la Iglesia, pese a los repetidos ataques que desde hace siglos viene sufriendo. Además de las razones cristológicas que lo justifican, el celibato ofrece una serie de ventajas prácticas y pastorales que permiten a los sacerdotes vivir entregados por y para la Iglesia.
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Índice de los temas que vamos a abordar sobre el celibato:
¿Qué es celibato sacerdotal?
¿Qué diferencia hay entre castidad y celibato?
¿Cuál es la historia del celibato sacerdotal en la Iglesia?
¿Qué ventajas tiene el celibato sacerdotal?
¿Va el celibato contra la naturaleza?
¿Abolir el celibato obligatorio resolvería la crisis de vocaciones al sacerdocio?
¿El celibato opcional disminuiría los casos de abusos sexuales en la Iglesia?
¿En la Iglesia oriental los sacerdotes se pueden casar?
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¿Qué es celibato sacerdotal?
La palabra “celibato” designa la condición del célibe, de la persona que no ha contraído matrimonio. En cuanto a los sacerdotes católicos de rito latino eligen de manera consciente y voluntaria una opción por el celibato basado en una vida casta y en continencia. Aunque no es un dogma, el Magisterio y la Tradición han insistido en multitud de ocasiones en que es un auténtico don para la Iglesia.
En el Evangelio de san Mateo aparece cómo Jesucristo alaba a los que han decidido no contraer matrimonio “por el Reino de los cielos”, y San Pablo en la Primera Carta a los Corintios ya habla del celibato y del matrimonio como dones o vocaciones divinas, señalando a la vez la excelencia de la primera. De este modo, desde la misma época apostólica hubo cristianos que asumieron el compromiso del celibato. Con la aparición y difusión del monaquismo a principios del siglo IV, ascetas y vírgenes, tanto las consagradas como las no consagradas, fueron integrándose en las diversas comunidades monásticas que se constituyeron. La realidad –e incluso la idea– de un compromiso de celibato asumido por cristianos corrientes que seguían viviendo en medio del mundo desapareció. Salvo casos excepcionales, sólo hubo en la Iglesia, durante bastantes siglos, dos figuras de celibato: el celibato sacerdotal y el celibato monástico o, en términos más genéricos, religioso o consagrado.
El celibato supone una entrega total a Cristo y para ello se elige y se vive en el amor, un amor hacia Dios y hacia los hombres, a quienes la misión llama a servir. La inseparabilidad de los dos motivos del celibato cristiano pone de relieve el valor y la grandeza de esta condición de vida que implica tener como horizonte radical y pleno a Dios y a su Iglesia. De ahí las constantes declaraciones de la Tradición y del Magisterio en ese sentido. Desde la época patrística, en la que los escritos sobre la virginidad y el celibato son numerosos, hasta el Concilio de Trento y el Concilio Vaticano II por no mencionar las múltiples referencias en los documentos y palabras de los Papas.
¿Qué diferencia hay entre castidad y celibato?
El Catecismo de la Iglesia Católica recuerda en el punto 2348 que “todo bautizado es llamado a la castidad. El cristiano se ha ‘revestido de Cristo’, modelo de toda castidad. Todos los fieles de Cristo son llamados a una vida casta según su estado de vida particular. En el momento de su Bautismo, el cristiano se compromete a dirigir su afectividad en la castidad”.
De este modo, en el siguiente punto explica que la castidad debe calificar -como insistió la Congregación para la Doctrina de la Fe- “a las personas según los diferentes estados de vida: a unas, en la virginidad o en el celibato consagrado, manera eminente de dedicarse más fácilmente a Dios solo con corazón indiviso; a otras, de la manera que determina para ellas la ley moral, según sean casadas o célibes”. Mientras tanto, las personas casadas son llamadas a vivir la castidad conyugal; las otras practican la castidad en la continencia.
Por tanto, todo cristiano está llamado a vivir en castidad, es una virtud que ha de vivirse en cualquier estado de vida. Sin embargo, el célibe es una persona que vive el celibato por una decisión personal o por una vocación especial de consagración.
Así, según el Código de Derecho Canónico "los clérigos están obligados a observar una continencia perfecta y perpetua por el Reino de los cielos y, por tanto, quedan sujetos a guardar el celibato, que es un don peculiar de Dios mediante el cual los ministros sagrados pueden unirse más fácilmente a Cristo con un corazón entero y dedicarse con mayor libertad al servicio de Dios y de los hombres".
¿Cuál es la historia del celibato sacerdotal en la Iglesia?
En un artículo en Religión en Libertad, el sacerdote Pedro Trevijano resumía perfectamente la historia del celibato sacerdotal en estos 2000 años de la historia de la Iglesia. Lo hacía así:
“Recordemos que Cristo fue virgen y permaneció libre para anunciar la palabra de Dios. Desde los tiempos apostólicos muchas personas han tomado la decisión, aprobada por la Iglesia, de vivir en estado de virginidad “a causa del reino de los cielos” (Mt 19,12), a fin de consagrarse enteramente al Señor (cf. 1 Cor 7,34-36) con una libertad mayor de corazón, de cuerpo y de espíritu. Esta continencia será básica en la espiritualidad de los monjes, ascetas y vírgenes.
»En cambio, los apóstoles probablemente estaban todos casados (San Pedro ciertamente, porque tenía suegra: Mt 8,14-15; Mc 1,29-31; Lc 4,40-41). Los textos que nos hablan de la virginidad de San Juan son ya del siglo IV. No sabemos de San Pablo si era viudo o célibe (1 Cor 7,8).
»Hasta el siglo II la Iglesia se organiza sobre la base familiar, siendo el jefe de estas iglesias domésticas el pater familiae. El obispo y el diácono deben ser “maridos de una sola mujer” (1 Tim 3,2 y 12; Tit 1,6). Esto significaba, según la interpretación patrística, no sólo la exclusión de la poligamia, sino también de las segundas nupcias. En esta época no hay todavía relación entre celibato y sacerdocio, si bien Tertuliano nos advierte de que muchos clérigos permanecían célibes por amor al Señor.
»Se ha afirmado comúnmente que la primera ley sobre continencia de los sacerdotes (todavía no sobre el celibato) se dio en el concilio de Elvira, cerca de Granada, en el año 305, mandando abstenerse de su cónyuge a los clérigos en ministerio (DS 119; D 52 c). Pero hoy se discute sobre si este canon es de esta época o de fines del siglo IV. Lo que sí es cierto es que en este caso la costumbre es más antigua que la ley.
»El concilio de Nicea, para no alimentar las tendencias encratitas (herejía que despreciaba el matrimonio), no estableció la obligación del celibato, pero sí impuso la prohibición del matrimonio después de haber recibido las órdenes mayores, regla que rigió en Oriente y Occidente.
»A fines del siglo IV el Papa Siricio establece la ley del celibato obligatorio para los clérigos mayores, pero al permitir León I a los clérigos ya casados retener consigo la mujer y vivir con ella como hermano y hermana, la continencia permaneció letra muerta. Hacia el siglo IX se ordenan sólo los hombres célibes, y son depuestos del orden clerical los que se casan después, prohibiéndose a los fieles participar en sus funciones. Solamente en el siglo XII, tras los dos primeros concilios de Letrán (1123 y 1129), se empezó a exigir en Occidente, a partir del subdiaconado, no sólo la abstención del acto conyugal y la cohabitación con mujeres que no sean parientes carnales o estén fuera de toda sospecha (canon. 3 del I Concilio de Letrán: DS 711; D 360), sino el celibato propiamente dicho, proclamando inválidos sus matrimonios (cánones 6 y 7 del II Concilio de Letrán).
»A partir de esta época los grados mayores del ministerio eclesiástico sólo son accesibles a aquellos que voluntariamente aceptan el celibato “por amor del reino de los cielos”. El celibato es una conquista en la historia de la Iglesia, a pesar de todas las deficiencias que haya podido haber en la vivencia del mismo. Su cumplimiento práctico mejoró notablemente con la institución de los seminarios, que tanto han contribuido a la formación espiritual e intelectual del clero, iniciándose éstos en el siglo XV, pero alcanzando su desarrollo como uno de los frutos de Trento.
»En Oriente, el concilio de Trullo en Constantinopla establece en el 692 la siguiente legislación válida aún hoy no sólo en la Iglesia ortodoxa, sino en los orientales unidos a Roma: se impone a los obispos la continencia perpetua, se permite a los clérigos el matrimonio antes de la ordenación y el uso del matrimonio una vez ordenados (excepción hecha de la vigilia de la celebración de la misa).
»Volviendo a Occidente, encontramos en el siglo XII la consideración del sacramento del orden no sólo como un ministerio, sino también como fundamento de una espiritualidad evangélica que conecta el celibato por amor del reino con el ministerio sacerdotal, superando el antiguo principio de la pureza cultual. El celibato, libremente vivido como carisma y don particular de Dios, convierte objetivamente la existencia del sacerdote en signo del amor con el que Cristo realiza la obra de la Redención. La concepción bíblica del carisma libremente aceptado se hace presupuesto necesario para la llamada al ministerio. Es decir, la Iglesia, que no obliga a nadie a ser sacerdote, escoge sus ministros entre aquellos que poseen el don del celibato, porque cree que entre el ministerio y el celibato evangélico hay una relación, si no esencial, sí de suma concordancia.
»El concilio de Trento afirmó contra los protestantes y los emperadores Fernando II y Maximiliano II (que pedían la abolición de la ley del celibato para los sacerdotes alemanes), que la Iglesia puede exigir el celibato a sus sacerdotes, si bien no es una ley divino-positiva, sino que la obligación surge de la ley eclesiástica o del voto (DS 1809; D 979).
»El Vaticano II permitió el acceso al diaconado “a hombres de edad un tanto madura, aunque estén casados” (Lumen Gentium, 29). ¿Se extenderá este permiso al presbiterado? Para San Pablo VI “esta eventualidad produce en Nos graves reservas” y San Juan Pablo II se expresó en contra en varias ocasiones, recogiendo la exhortación pastoral Pastores dabo vobis lo siguiente: “A esta luz se pueden comprender y apreciar más fácilmente los motivos de la decisión multisecular que la Iglesia de Occidente tomó y sigue manteniendo -a pesar de todas las dificultades y objeciones surgidas a través de los siglos-, de conferir el orden presbiteral sólo a hombres que den pruebas de ser llamados por Dios al don de la castidad en el celibato absoluto y perpetuo” (nº 29)”.
¿Qué ventajas tiene el celibato sacerdotal?
En la encíclica Sacerdotalis Caelibatus de 1967 el Papa San Pablo VI ofrecía en un complicado contexto histórico las razones de por qué la Iglesia defiende el celibato sacerdotal frente a las corrientes que le pedían su supresión. Jesús fue célibe y el que aspira al celibato en el sacerdocio lo hace “con la intención no solamente de participar de su oficio sacerdotal, sino también de compartir con él su mismo estado de vida”, recordaba el Papa.
De este modo, Pablo VI explicaba que “el sacerdote, dedicándose al servicio del Señor Jesús y de su cuerpo místico en completa libertad más facilitada gracias a su total ofrecimiento, realiza más plenamente la unidad y la armonía de su vida sacerdotal. Crece en él la idoneidad para oír la palabra de Dios y para la oración”. Por otro lado, señalaba que el sacerdote “muriendo cada día totalmente a sí mismo, renunciando al amor legítimo de una familia propia por amor de Cristo y de su reino, halla la gloria de una vida en Cristo plenísima y fecunda, porque como él y en él ama y se da a todos los hijos de Dios”.
En el aspecto pastoral, el celibato permite al sacerdote “la mayor eficiencia y la mejor actitud psicológica y afectiva para el ejercicio continuo de la caridad perfecta, que le permitirá, de manera más amplia y concreta, darse todo para utilidad de todos y le garantiza una mayor libertad y disponibilidad en el ministerio pastoral, en su activa y amorosa presencia en medio del mundo al que Cristo lo ha enviado a fin de que pague enteramente a todos los hijos de Dios la deuda que se les debe”.
Del mismo modo, añade que “en el mundo de los hombres, ocupados en gran número en los cuidados terrenales y dominados con gran frecuencia por los deseos de la carne, el precioso don divino de la perfecta continencia por el reino de los cielos constituye precisamente ‘un signo particular de los bienes celestiales’, anuncia la presencia sobre la tierra de los últimos tiempos de la salvación con el advenimiento de un mundo nuevo, y anticipa de alguna manera la consumación del reino, afirmando sus valores supremos, que un día brillarán en todos los hijos de Dios”.
¿Va el celibato contra la naturaleza?
En esta misma encíclica Pablo VI recalca que “la Iglesia no puede y no debe ignorar que la elección del celibato, si se la hace con humana y cristiana prudencia y con responsabilidad, está presidida por la gracia, la cual no destruye la naturaleza, ni le hace violencia, sino que la eleva y le da capacidad y vigor sobrenaturales. Dios, que ha creado al hombre y lo ha redimido, sabe lo que le puede pedir y le da todo lo que es necesario a fin de que pueda realizar todo lo que su creador y redentor le pide”.
De hecho, ante la entrega total que supone “el conocimiento leal de las dificultades reales del celibato es muy útil, más aún, necesario, para que con plena conciencia se dé cuenta perfecta de lo que su celibato pide para ser auténtico y benéfico”.
Y por tanto, el Papa afirma que “no es justo repetir todavía después de lo que la ciencia ha demostrado ya, que el celibato es contra la naturaleza, por contrariar a exigencias físicas, psicológicas y afectivas legítimas, cuya realización sería necesaria para completar y madurar la personalidad humana: el hombre, creado a imagen y semejanza de Dios no es solamente carne, ni el instinto sexual lo es en él todo; el hombre es también, y sobre todo, inteligencia, voluntad, libertad; gracias a estas facultades es y debe tenerse como superior al universo; ellas le hacen dominador de los propios apetitos físicos, psicológicos y afectivos”.
Del mismo modo, considera que “la elección del celibato no implica la ignorancia o desprecio del instinto sexual y de la afectividad, lo cual traería ciertamente consecuencias dañosas para el equilibrio físico o psicológico, sino que exige lúcida comprensión, atento dominio de sí mismo y sabia sublimación de la propia psiquis a un plano superior. De este modo, el celibato, elevando integralmente al hombre, contribuye efectivamente a su perfección”.
Y por último recuerda que “el deseo natural y legítimo del hombre de amar a una mujer y de formarse una familia son, ciertamente, superados en el celibato; pero no se prueba que el matrimonio y la familia sean la única vía para la maduración integral de la persona humana. En el corazón del sacerdote no se ha apagado el amor. La caridad, bebida en su más puro manantial, ejercitada a imitación de Dios y de Cristo, no menos que cualquier auténtico amor, es exigente y concreta, ensancha hasta el infinito el horizonte del sacerdote, hace más profundo amplio su sentido de responsabilidad -índice de personalidad madura, educa en él, como expresión de una más alta y vasta paternidad, una plenitud y delicadeza de sentimientos, que lo enriquecen en medida superabundante”.
¿Abolir el celibato obligatorio resolvería la crisis de vocaciones al sacerdocio?
Muchos de los que abogan por imponer en toda la Iglesia Católica el celibato opcional lo justifican por un motivo: ayudaría a paliar la crisis de vocaciones al sacerdocio que se vive especialmente en los países de Occidente. El argumento es que la apertura al sacerdocio de personas casadas, e incluso a las mujeres, llenará este vacío vocacional, pues atraerá a muchos más candidatos.
Sin embargo, la experiencia iniciada por otros no avala esta teoría, más bien al contrario. En las iglesias, como la ortodoxa, y por otro lado la anglicana o la luterana, donde el celibato es opcional y además en estas últimas se ha permitido la ordenación de mujeres, no se ha dado un vergel vocacional sino que experimentan también una fuerte crisis de vocaciones, mucho peor en muchos casos que en la Iglesia Católica de esos países, donde el celibato es una norma para los candidatos.
Tal y como han explicado los distintos papas y numerosos obispos, el principal problema para las vocaciones no es celibato sino la falta de fe y ahora de jóvenes. En las sociedades actuales hay menos jóvenes y además hay una gran crisis de fe en estas franjas de edad. De ahí que las llamadas sean menores. Si hubiera más jóvenes y un renacimiento de la fe aumentaría el número de vocaciones. La experiencia así lo dice, y en muchos grupos y sectores de la Iglesia donde esto se da hay numerosas vocaciones.
¿El celibato opcional disminuiría los casos de abusos sexuales en la Iglesia?
Otro de los argumentos que se utilizan para atacar el celibato sacerdotal es que fomenta los casos de abusos sexuales en los sacerdotes frente a la imposibilidad de vivir la continencia. Sin embargo, tanto las estadísticas como la experiencia de otras confesiones cristianas que no tienen celibato obligatorio desmontan estas teorías.
En una entrevista en Telemundo, el Papa Francisco recordaba que la principal fuente de abusos sexuales a menores se produce en ambientes familiares, donde el celibato no existe. “El 32%, en otros países el 36%, de los abusos es en la familia, tío, abuelo, y todos casados, o con los vecinos. Después, en los lugares de sport, después, en las escuelas...están las estadísticas, son esas. Así que no tiene nada que ver porque los tíos son casados, la abuelos son casados y a veces son ellos los primeros violadores”, señalaba el Pontífice desmontando la relación que se pretende señalar entre celibato y abusos.
Por otro lado, los clérigos protestantes, mormones, adventistas, judíos o los líderes de los Testigos de Jehová, clérigos que pueden y suelen estar casados, tienen tasas de abuso de menores similares o superiores a las del clero católico. Por tanto, el celibato no tiene relación.
Un ejemplo muy llamativo es lo ocurrido en Australia y que en su momento recogió ReL en 2017. Estaba relacionado con Uniting Church (www.uca.org.au), una iglesia protestante australiana que nació en 1977 de la suma de presbiterianos, metodistas y congregacionales. Sin obispos, sin seminarios, con clero casado, con laicos votando a sus pastores... contaban entonces con 240.000 miembros y 2.500 congregaciones. Los datos que pasaron a una comisión de investigación aquel año reconocían 2.504 acusaciones de abusos sexuales en sus cuatro décadas de historia. Si aplicase esa tabla con la proporción de población en 2011, daría que esta iglesia de celibato opcional y poco clerical, sin órdenes religiosas pero con ministras de culto, tenía 3 veces más abusos, en proporción, que la católica.
¿En la Iglesia oriental los sacerdotes se pueden casar?
En la Iglesia católica oriental existen sacerdotes casados, pero hay un error muy común. Allí los sacerdotes no pueden casarse, sino que un casado puede ser ordenado sacerdote. Una vez ordenado, un sacerdote célibe no podría contraer matrimonio. Y por otro lado, sólo los sacerdotes célibes pueden ser ordenados obispos en la Iglesia católica oriental, por lo que un sacerdote casado nunca podrá ser obispo. Esto “deja entender que también aquellas venerables Iglesias poseen en cierta medida el principio del sacerdocio celibatario y el de una cierta conveniencia entre el celibato y el sacerdocio cristiano, del cual los obispos poseen el ápice y la plenitud”, señalaba Pablo VI.
El sacerdocio de los casados fue la norma en la Iglesia primitiva, aunque también hubo hombres que eligieron la vida célibe. A partir del siglo IV comenzó en Occidente un movimiento para alentar a los sacerdotes casados a vivir en continencia, absteniéndose de las relaciones conyugales. Este movimiento nunca arraigó en Oriente.
Durante la crisis arriana, en la que muchos obispos y sacerdotes abrazaron la herejía que negaba la divinidad de Cristo, la Iglesia fue salvada por los monjes. Los monjes célibes preservaron la recta doctrina y la Iglesia fue extremadamente agradecida con ellos. Por lo que, en Occidente, muchos concilios locales comenzaron a legislar acerca del celibato clerical, exaltando la vocación monástica como un ideal para todos los sacerdotes. En aquellos tiempos, obispos como san Agustín, exigieron que los sacerdotes vivieran en comunidad con sus ordinarios.
En Oriente, la tradición del clero casado siempre tuvo alta estima, aunque hubo algunas facciones favorables al celibato. La cuestión se presentó pronto en el Concilio de Nicea, pero se decidió no establecer el celibato obligatorio para toda la Iglesia de Oriente y Occidente. El primer sínodo oriental que abordó la cuestión fue el Concilio de Trullo, el cual comenzó y terminó en el siglo séptimo. Se decidió que los obispos deberían ser célibes, pero que los hombres casados podrían seguir recibiendo el diaconado y el presbiterado. Esta ha sido la norma para las Iglesias de Oriente desde entonces.
El Concilio Vaticano II en Orientalium Ecclesiarum establece: “La historia, las tradiciones y muchísimas instituciones eclesiásticas atestiguan de modo preclaro cuán beneméritas son de la Iglesia universal las Iglesias orientales. Por lo que el santo Sínodo no sólo mantiene este patrimonio eclesiástico y espiritual en su debida y justa estima, sino que también lo considera firmemente como patrimonio de la Iglesia universal de Cristo. Por ello, solemnemente declara que las Iglesias de Oriente, como las de Occidente, gozan del derecho y deber de regirse según sus respectivas disciplinas peculiares, como lo exijan su venerable antigüedad, sean más congruentes con las costumbres de sus fieles y resulten más adecuadas para procurar el bien de las almas”.