Después de analizar en su día la formación de los
Diez Mandamientos en el Antiguo Testamento (
pinche aquí para conocer los pormenores), y luego su recepción en el Nuevo (
pinche aquí si le interesa el tema), toca hoy conocer algo sobre lo relativo a su sistematización en la religión cristiana, un proceso que tiene un protagonista claro:
San Agustín, en una sistematización que es común para católicos y para luteranos, como no podía ser de otra manera, pues
Lutero es un admirador incondicional de
San Agustín, y todo ello sin perjuicio de que la particular concepción de Lutero sobre el pecado altere en parte su trascendencia. Los padres griegos en cambio, y con ellos las iglesias ortodoxas, ajustan su decálogo a una formulación más parecida a la del
Exodo que a la de
San Agustín.
El producto de la sistematización agustina del decálogo éxodo-deuteronómico es la conversión del esquema 4+6 (cuatro mandamientos ante Dios, seis ante los hombres) en un esquema 3+7 (tres mandamientos ante Dios, siete ante los hombres), mediante la fusión en uno del primero y el segundo mandamiento (
“no habrá para ti otros dioses delante de mi” y
“no te harás escultura ni imagen alguna, ni de lo que hay arriba en los cielos, ni de lo que hay abajo en la tierra”), y el desdoblamiento en dos del décimo, mediante la separación de la codicia de la mujer ajena -o del hombre-, de la de los bienes ajenos.
San Agustín lo formula de esta manera en un sermón de su autoría:
“Como la caridad comprende dos preceptos en los que el Señor condensa toda la ley y los profetas, así los diez preceptos se dividen en dos tablas: tres están escritos en una tabla y siete en la otra”.
Y todo ello, sin perjuicio del cambio en la formulación de varios mandamientos. Así, el relativo al descanso sabático, queda reducido a un menos expeditivo
“santificarás las fiestas”; el
“no cometerás adulterio”, pasa a ser el mucho más genérico
“no cometerás actos impuros”; al
“no darás testimonio falso contra tu prójimo”, se le añade
“ni mentirás”, etc..
El
Concilio de Trento, en el
Decreto sobre la justificación, reitera que los diez mandamientos obligan a los cristianos:
“Pero nadie, aunque esté justificado, debe persuadirse que está exento de la observancia de los mandamientos”.
El
Concilio Vaticano II afirma:
“Los obispos, como sucesores de los apóstoles, reciben del Señor [...]
la misión de enseñar a todos los pueblos y de predicar el Evangelio a todo el mundo para que todos los hombres, por la fe, el bautismo y el cumplimiento de los mandamientos, consigan la salvación”.
El resultado de cuanto se ha referido, es la fórmula catequética que tanto tiempo se ha oído recitar en las escuelas de los países cristianos, del Catecismo católico de 1933, preparado bajo la dirección del
Cardenal Gasparri, la cual dice:
“No habrá para ti otros dioses delante de mí [o amarás a Dios sobre todas las cosas].
No tomarás el nombre de Dios en vano.
Santificarás las fiestas.
Honra a tu padre y a tu madre.
No matarás.
No cometerás actos impuros.
No robarás.
No dirás falso testimonio ni mentirás.
No consentirás pensamientos ni deseos impuros.
No codiciarás los bienes ajenos”.
El
Catecismo de la Iglesia católica de 1992 dedica toda la segunda sección de la tercera parte, las cuestiones 2052 a 2557, a los
Diez Mandamientos, en cada uno de los cuales, profundiza de manera unitaria.
©L.A.
Si desea suscribirse a esta columna y recibirla en su correo cada día,
o bien ponerse en contacto con su autor, puede hacerlo en encuerpoyalma@movistar.es
Otros artículos del autor relacionados con el tema
(haga click en el título si desea leerlos)
De los Diez Mandamientos según el Nuevo Testamento
De los Diez Mandamientos en el Antiguo Testamento
De la oración del Avemaría, una reseñita histórica
De las diferencias entre el canon católico y el canon protestante
¿Dónde se rezó por primera vez el Padrenuestro?