Rebuscando alguna cosita sobre la que escribirles hoy y pasar con Vds. el ratito, me encuentro esta noticia curiosa sobre la supuesta excomunión de Fidel Castro, pronunciada por el Papa Juan XXIII tal día como hoy, 3 de enero, pero del año 1962. Hace pues 52 años justitos y exactamente un año después de que los Estados Unidos rompieran relaciones diplomáticas con el régimen que gobernaba Cuba, cuyo líder era, precisamente, Fidel.
La supuesta excomunión tiene tal arraigo en la red que hasta el diario ABC, en su edición del 2 de enero de hace dos años (y con él una retahíla de diarios españoles y del mundo), justo cuando se cumplía el medio siglo de la supuesta excomunión coincidente, a mayor escarnio, con la visita de Benedicto XVI a la isla, picaba el cebo y se tragaba el anzuelo completo. Según “la red”, Castro habría sido excomulgado tras declararse marxista-leninista y anunciar en su célebre discurso de 2 de diciembre de 1961 que conduciría a Cuba al comunismo. Ahora bien, ¿se produjo efectivamente dicha excomunión?
Mons. Dino Staffa |
Pues bien, no está del todo claro, o por mejor decir, parece bastante claro que no se produjo. El periodista Andrea Tornielli que se diría bien al corriente de lo acontecido, en un artículo en Vatican Insider el 3 de enero del año 2012, escribía que el primero en hablar de dicha excomunión habría sido el entonces Arzobispo Dino Staffa (cuyo desafortunado apellido no debe precederle), secretario de Seminarios y Universidades a la sazón, cardenal cinco años después, quien por cierto, no la habría relacionado con la adscripción comunista del líder cubano, sino con la expulsión del país unos meses antes del obispo Eduardo Roza Masvidal, y junto a él 135 sacerdotes.
El prelado habría afirmado que Castro debería darse por excomulgado en virtud del Código Canónico, que prescribe la excomunión latae sententiae (automática) de cuantos ejerzan violencia contra los obispos o colaboren en la comisión de dichos actos. Cosa que, por demás, tampoco es exacta, pues según leo en el Código de Derecho Canónico, la pena prescrita para quien lleve a cabo dicho delito no es exactamente la excomunión (reservada a la agresión al Papa, art. 1370.1), sino el entredicho o interdicto (art. 1370.2), a las que separa una sutil diferencia de la que hablaremos algún día.
Parece ser, sin embargo, que el Arzobispo Loris Capovilla, a la sazón secretario personal de Juan XXIII, quedó desconcertado ante el anuncio de la excomunión, declarando expresamente no tener noticia de la misma. De hecho, por esos días Juan XXIII enviaba al entonces presidente cubano Dorticós Torrado (Fidel no ostentará el cargo hasta 1973) un mensaje en el que le expresaba “el deseo sincero de prosperidad cristiana para el amado pueblo de Cuba”, y el nuevo embajador cubano, Amado Blanco y Fernández, presentaba sus cartas credenciales ante la Santa Sede. A mayor abundamiento, en ningún lugar figura el decreto de excomunión ni del Papa ni de la Congregación para la Doctrina de la Fe (del Santo Oficio por entonces) pronunciando dicha excomunión.
Que el Papa Roncalli sufría por esos días severas presiones para que realizara una condena explícita y expeditiva del régimen cubano no cabe dudarlo. Que seguía de cerca y con gran preocupación los eventos que ocurrían en Cuba, aún menos. Como quiera que sea, y según señala Tornielli, Juan XXIII prefirió no echar leña al fuego y empeorar aún más la deteriorada situación de la Iglesia cubana. Por lo que un hipotético retorno, -combustible de noticia no menos frecuente en la red-, del inmortal dirigente cubano al seno de la Santa Madre, no se vería obstaculizado en modo alguno por excomunión ninguna pronunciada jamás contra él por papa alguno. Y menos, por Juan XXIII.
©L.A.
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