El Sínodo de los Obispos fue instituido por Pablo VI con el Motu proprio "Apostolica sollicitudo" el 15 de septiembre de 1965. Pablo VI definió así el Sínodo de los Obispos: "Es una institución eclesiástica que nosotros, interrogando los signos de los tiempos y, aún más, acercándonos a la interpretación profunda de los designios divinos y de la constitución de la Iglesia Católica, hemos establecido después del Concilio Vaticano II, para favorecer la unión y la colaboración de los Obispos de todo el mundo con la Santa Sede, a través de un estudio común de las condiciones de la Iglesia y la búsqueda de soluciones correspondientes a las cuestiones relacionadas a su misión. No es un Concilio, no es un Parlamento, sino un Sínodo de naturaleza especial".
Las disposiciones de esta carta apostólica se encuentran en los cc. 342-348 del Código de Derecho Canónico y en el c. 46 del Código de los Cánones de las Iglesias Orientales. Tiene un Reglamento propio. Benedicto XVI, el 29 de septiembre de 2006, aprobó las últimas modificaciones del Reglamento del Sínodo de los Obispos.
Para saber más.
"Etimológicamente hablando la palabra ‘σύνοδος sínodo’, derivada de los términos griegos ‘συν syn’ (que significa "juntos") y ‘οδóς hodos’ (que significa "camino"), expresa la idea de "caminar juntos".
“Un Sínodo es un encuentro religioso o asamblea en la que unos obispos, reunidos con el Santo Padre, tienen la oportunidad de intercambiarse mutuamente información y compartir experiencias, con el objetivo común de buscar soluciones pastorales que tengan validez y aplicación universal. El Sínodo puede ser definido, en términos generales, como una asamblea de obispos que representa al episcopado católico y tiene como tarea ayudar al Papa en el gobierno de la Iglesia universal dándole su consejo."
"Aún cuando el Sínodo de los Obispos es una institución de carácter permanente, sus funciones y su concreta colaboración no tienen tal carácter. En otras palabras, el Sínodo de los Obispos se reúne y actúa solo cuando el Santo Padre considera necesario y oportuno consultar al episcopado, el cual durante un encuentro sinodal expresa su opinión “sobre argumentos de gran importancia y gravedad” (Pablo VI, Discurso a los Cardenales, 24 de junio de 1967). La finalidad de cada asamblea sinodal es vivir una experiencia de colegialidad entre el episcopado y el Santo Padre".
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¿Cómo se prepara un Sínodo?
Los Lineamenta del Sínodo son el primer esbozo sobre el tema sinodal que sirve como preparación y avance, trabajo de comienzo, que habitualmente contiene una serie de preguntas. Las respuestas a los Lineamenta quedan incorporadas al Instrumentum laboris, documento de trabajo de la Asamblea y sirve como punto de referencia durante la Asamblea sinodal.
Mañana hablaremos en concreto de cómo se ha gestado el Sínodo que nos ocupa, que tiene el carácter histórico de ser el primero que se convoca para Oriente Medio y abarca una extensión geográfica muy amplia (7.180.912 kms. cuadrados) que responde a la circunscripción eclesial de dieciséis países: Chipre, Israel, Jodania, Líbano, Siria, Irán, Irak, Emiratos Árabes, Kuwait, Omán, Yemen, Qatar, Bahréin, Arabia Saudí, Egipto y Turquía.
El antecedente más cercano fue la Asamblea Especial del Sínodo de los Obispos para el Líbano (26 de noviembre - 14 de diciembre de 1995) con 69 Padres sinodales. El título fue “Cristo es nuestra esperanza: renovados en su espíritu, solidarios somos testigos de su amor”. Después de algunas reuniones preliminares con los patriarcas de las Iglesias Orientales del Líbano, en enero de 1992 fue constituido un Consejo de diez miembros, representantes de las seis Iglesias católicas sui iuris en el Líbano, para participar en la necesaria tarea de preparación. La Exhortación Apostólica post-sinodal ("Una esperanza nueva para Líbano") fue publicada el 10 de mayo de 1997, con ocasión de la visita del Santo Padre al Líbano para la fase de celebración de la Asamblea Especial.