Ciudad de Panamá prohíbe alcohol y bailes en el Día de Difuntos: pide reflexión por los fallecidos
La alcaldía de la ciudad de Panamá (con casi 900.000 habitantes) y la de la ciudad adyacente de San Miguelito (más de 300.000 habitantes) han emitido decretos municipales que prohíben la venta y el consumo de bebidas alcohólicas durante el 2 de noviembre, Día de Difuntos.
También quedan prohibidas durante este día las "actividades bailables públicas".
Puesto que el país tiene 3,8 millones de habitantes, estos decretos afectan a uno de cada tres panameños.
Los decretos los firman el alcalde de Panamá desde 2014, José Isabel Blandón (del Partido Panameñista, antes fue diputado nacional durante 15 años) y Gerald Cumberchat, alcalde desde 2014 de San Miguelito (y antes pastor evángelico y autor de música cristiana).
"El Día de los Difuntos es una fecha que los panameños y extranjeros residentes y visitantes deben dedicar a la reflexión y recuerdo de nuestros difuntos, con el debido respeto y consideración. La religión católica, considerada constitucionalmente como la mayoría de los panameños, recuerda en esa fecha con fervor cristiano a los difuntos. (Ese día) se realizan peregrinaciones a los sepulcros de los ciudadanos que en vida rindieron servicios importantes a la patria", argumenta los alcaldes para justificar la prohibición.
La Constitución de Panamá (de 1972, aunque con varias modificaciones posteriores) establece en su artículo 35: "Es libre la profesión de todas las religiones, así como el ejercicio de todos los cultos, sin otra limitación que el respeto a la moral cristiana y al orden público. Se reconoce que la religión católica es la de la mayoría de los panameños".
En el país aproximadamente un 75% u 80% de la población es católica, con un 15% o 20% de cristianos evangélicos.
Ni conciertos ni actividades bailables
Este 2 de noviembre tampoco se podrán realizar conciertos en la ciudad capital ni actividades bailables públicas. Las prohibiciones se mantendrá en un horario 12:01 a.m. del día 2 de noviembre hasta las 11:59 a.m. de la noche del mismo día.
La prohibición también incluye la restricción para la venta de licor en supermercados, tiendas, bares, parrilladas, cantinas y bodegas. Las sanciones por incumplir esta norma oscilan entre los cien y los mil dólares.
También quedan prohibidas durante este día las "actividades bailables públicas".
Puesto que el país tiene 3,8 millones de habitantes, estos decretos afectan a uno de cada tres panameños.
Los decretos los firman el alcalde de Panamá desde 2014, José Isabel Blandón (del Partido Panameñista, antes fue diputado nacional durante 15 años) y Gerald Cumberchat, alcalde desde 2014 de San Miguelito (y antes pastor evángelico y autor de música cristiana).
"El Día de los Difuntos es una fecha que los panameños y extranjeros residentes y visitantes deben dedicar a la reflexión y recuerdo de nuestros difuntos, con el debido respeto y consideración. La religión católica, considerada constitucionalmente como la mayoría de los panameños, recuerda en esa fecha con fervor cristiano a los difuntos. (Ese día) se realizan peregrinaciones a los sepulcros de los ciudadanos que en vida rindieron servicios importantes a la patria", argumenta los alcaldes para justificar la prohibición.
La Constitución de Panamá (de 1972, aunque con varias modificaciones posteriores) establece en su artículo 35: "Es libre la profesión de todas las religiones, así como el ejercicio de todos los cultos, sin otra limitación que el respeto a la moral cristiana y al orden público. Se reconoce que la religión católica es la de la mayoría de los panameños".
En el país aproximadamente un 75% u 80% de la población es católica, con un 15% o 20% de cristianos evangélicos.
Ni conciertos ni actividades bailables
Este 2 de noviembre tampoco se podrán realizar conciertos en la ciudad capital ni actividades bailables públicas. Las prohibiciones se mantendrá en un horario 12:01 a.m. del día 2 de noviembre hasta las 11:59 a.m. de la noche del mismo día.
La prohibición también incluye la restricción para la venta de licor en supermercados, tiendas, bares, parrilladas, cantinas y bodegas. Las sanciones por incumplir esta norma oscilan entre los cien y los mil dólares.
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