Lunes, 23 de diciembre de 2024

Religión en Libertad

Caso Beatriz, ¿victoria provida o derrota abortista? La Corte IDH no reconoce el derecho al aborto

La Corte IDH, Nancy Hernández López, su presidenta; Rodrigo Mudrovitsch, vicepresidente y los jueces Humberto Antonio Sierra Porto; Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot; Ricardo C. Pérez Manrique; Verónica Gómez y Patricia Pérez Goldberg.
La composición actual de la Corte IDH, Nancy Hernández López, su presidenta; Rodrigo Mudrovitsch, vicepresidente y los jueces Humberto Antonio Sierra Porto; Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot; Ricardo C. Pérez Manrique; Verónica Gómez y Patricia Pérez Goldberg.

ReL

¿Victoria provida o derrota del lobby abortista? Es el debate en el que se encuentran inmersos los líderes provida de todo el mundo después de que el pasado 20 de diciembre la Corte Interamericana de Derechos Humanos negase la consideración de derecho al aborto en su sentencia Beatriz vs El Salvador.

El fallo de la Corte IDH era crucial en su aplicación, pues afectaría en un sentido u otro a los 20 países que están sujetos a las sentencias del organismo.

El caso comenzó en 2013 con el segundo embarazo de Beatriz, joven salvadoreña, madre de un hijo y enferma de lupus que falleció en 2017 en un accidente de coche.

Durante el embarazo, su hija fue diagnosticada con anencefalia. Respecto a la pequeña, las probabilidades de continuar viviendo tras el nacimiento eran nulas al padecer lo que el Centro de Control de Enfermedades estadounidense define como "una condición médica mortal en la cual el bebé nace sin partes del cerebro y el cráneo". Para su madre, el embarazo era de riesgo, pero no ponía en riesgo su propia vida. Sin embargo, el lobby abortista de El Salvador, donde esta práctica está totalmente prohibida, la convenció de que moriría si no abortaba a su hija. Ante el miedo de dejar huérfano a su hijo, pidió al Estado la posibilidad del aborto, solicitud que le fue denegada al confirmar una evaluación médica que el embarazo no ponía en riesgo la vida de la madre.

Finalmente, el 3 de junio de 2013 Beatriz dio a luz a su hija Leilani, que falleció cinco horas después de nacer, pero que pudo ser bautizada y pudo ser cuidada por su madre hasta entonces. El ensañamiento del lobby abortista no terminó ahí, pues buscó convencer con éxito a Beatriz de que presentase su caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos para que se legalizase el aborto en los estados a ella sujetos. En 2017, Beatriz falleció en un accidente de coche.

¿Victoria provida o derrota abortista?

Para muchos defensores de la vida, la decisión de la Corte IDH supone una victoria. Es el caso de Sebastián Schuff, presidente de Global Center for Human Rights, que argumentó que la Corte IDH "no accedió a la pretensión de las organizaciones abortistas, de las partes peticionarias y de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de declarar el aborto como un derecho".

"La Corte claramente no accedió a esa pretensión y estipuló que no va a hablar sobre el tema en el reciente fallo del caso Beatriz vs. El Salvador, y además tampoco accedió a la pretensión de declarar que la negación del acceso al aborto constituye tortura en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos", sostuvo. Por ello, el presidente de Global Center for Human Rights considera que esta sentencia marca un punto de inflexión en la jurisprudencia de la Corte, "que vuelve a respetar la soberanía de los países y la letra y el espíritu de la Convención Americana que dio origen al Sistema Interamericano".

Ligia Castaldi, perito ante la Corte IDH en el Caso Beatriz y profesora de derecho internacional en Ave Maria School of Law, tiene una consideración distinta respecto al fallo. En declaraciones a ACI Prensa, opina que se trata de una derrota del lobby abortista,  pero no una victoria provida.

Respecto a los primeros, opina que "perdieron" porque han gastado millones de dólares en campañas mediáticas y en litigio para escalar este caso ante la Corte Interamericana y vieron prácticamente todas sus pretensiones rechazadas". En este sentido, también aseveró que “le presentaron a la Corte un mal caso, mintiendo respecto a la relación de los hechos con el aborto y la Corte se los rechazó”. “Querían hacer de este caso el litigio estratégico que iba a legalizar el aborto el Latinoamérica y perdieron”, agregó.

Sin embargo, opina que el fallo no debe considerarse una sentencia provida, pues cuestiona que "su mayor omisión es que no reconoce ni un sólo derecho a la niña Leilani Beatriz, nacida viva, ni valora su vida de ninguna manera".

La sentencia

En el fallo, se puede leer que se “encontró al Estado de El Salvador internacionalmente responsable por el incumplimiento con su deber de debida diligencia en la garantía de los derechos al acceso a recursos judiciales efectivos, a la integridad personal, a la salud y la vida privada de una mujer que transitó un embarazo con riesgos múltiples en una situación de violencia obstétrica generada por la inseguridad jurídica sobre la legalidad de la actuación del personal médico involucrado en su caso”.

Asimismo, la Corte determinó la responsabilidad del Estado salvadoreño y dictaminó varias medidas de reparación: “dispuso el deber de adoptar directrices y guías de actuación al personal médico y judicial frente a embarazos de riesgo para la vida o la salud de la madre”. “El Estado puede cumplir con esta medida a través de la adecuación de los protocolos existentes, la emisión de un nuevo protocolo o cualquier otra medida normativa que garantice seguridad jurídica en la atención de situaciones como las del presente caso”.  En este sentido, el comunicado que anuncia la sentencia titula así: "El Salvador es responsable por violencia ostétrica y violación al derecho a la salud de una mujer con un embarazo de alto riesgo por falta de protocolos de atención médica adecuados". 

Vídeo de la notificación de la sentencia:

De este modo, aunque la sentencia no reconoce el derecho al aborto ni lo impone al resto de países del sistema interamericano, obliga a El Salvador a establecer protocolos en caso de emergencia obstétrica, concepto que no se define y que podría abrir la puerta a despenalizar el aborto. También se condena al país a pagar las costas de las asociaciones abortistas que han dirigido el proceso e invisibiliza a Leilani, el hijo de Beatriz, que no sólo nació sino que fue bautizado y enterrado con dignidad.

"Despertar ante el gran peligro" del aborto

La filial de 40 Días por la Vida en El Salvador también reaccionó al fallo, agradeciendo "a todos los que se unieron en la defensa del caso Beatriz vs. El Salvador, desde las diferentes instancias legales y también a los  que se sumaron a la oración y el ayuno".

"Continuamos con nuestra solicitud de oración para que el aborto llegue a ser impensable y que impere la esperanza de salvar las dos vidas, respetando la vida desde su concepción hasta la muerte natural. Leylani, hija de Beatriz, recibió el bautismo y el amor de su madre al nacer. Su corta misión en este mundo nos inspira a luchar por las dos vidas", destacó la organización, que también hizo un llamado a "despertar ante este gran peligro que continúa asechando a nuestra nación: desde nuestras comunidades, instituciones y movimientos, debemos salvaguardar y ser custodios de toda vida humana".

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