Las denuncias del lobby gay contra Cañizares, archivadas: ni odio ni discriminación, dice el juez
Por acudir a Star Wars: los rebeldes y la libertad han vencido una batalla (judicial) al "imperio gay". Las denuncias del lobby gay contra el cardenal de Valencia, Antonio Cañizares, se han archivado.
Criticar el "imperio gay", decir que la ideología de género es "insidiosa" y preguntarse si entre los inmigrantes y refugiados es todo trigo limpio no es delito. Es simple libertad de expresión. No es injuria ni incita al odio.
Las denuncias presentadas contra el cardenal Antonio Cañizares por parte de los lobbies LGBT de Valencia y la de la llamada Red Española de Inmigración (un lobby de acción política, no asistencial), la primera ante la Fiscalía y la segunda ante el Juzgado, han quedado desestimadas y archivadas por decisión del juez Víctor Gómez Sabal, magistrado titular del Juzgado de Instrucción 18 de Valencia.
El juez entiende que las palabras de Cañizares en su ya famoso "sermón del imperio gay" no incitan al odio, ni contra la violencia contra los colectivos mencionados o la discriminación, como planteaban los denunciantes sin suficiente justificación. Son declaraciones amparadas por la libertad de expresión y por eso quedan archivadas las denuncias.
Cañizares estaba tan convencido de ello que hizo publicar íntegra la homilía del 13 mayo, ya recordada como "la del imperio gay".
El juez cita la jurisprudencia de los tribunales Supremo, Constitucional y Europeo de Derechos Humanos: “La tolerancia con todo tipo de ideas, que viene impuesta por la libertad ideológica y de expresión, no significa condescendencia, aceptación o comprensión sino solamente que las ideas, como tales, no deben ser perseguidas penalmente”.
El magistrado además señala que al no haber apariencia delictiva “debe procederse al archivo sin más (…) sin que, en consecuencia, se haya iniciado ningún tipo de investigación” para “evitar someter a una persona a un procedimiento penal sobre la base de denuncias o querellas temerarias y/o en base a hechos que manifiestamente no sean constitutivos de infracción penal”. Es una forma de dejar claro que ni siquiera se ha iniciado un procedimiento penal.
El magistrado recuerda en su auto que la asociación denunciante “se limita a aludir a ciertas noticias periodísticas” y que explica que una denuncia “requiere un mínimo compromiso de concreción acerca del hecho que puede constituir delito (…), no pudiéndose esperar que de la mera imputación genérica aderezada de hechos ambiguos se desencadene el mecanismo inquisitivo de la investigación penal”.
La Red Española de Inmigración ha anunciado que recurrirá la decisión, pero parece casi seguro que el recurso no prosperará.
Enésima derrota gay ante la libertad de expresión
Es la enésima derrota judicial en España de los lobbies gays cuando denuncian a obispos o clérigos por hacer declaraciones contra su ideología.
En enero de 2016, el lobby feminista y abortista ‘Les Comadres’ vio desestimada su denuncia contra el obispo de Alcalá de Henares, Juan Antonio Reig Pla, por haber comparado su “Tren de la Libertad” (a favor del aborto de bebés) con los trenes de Auschwitz. La juez afirma que el obispo hizo estas declaraciones haciendo uso de su libertad de expresión.
En 2012, Reig Pla predicó una homilía en la que comentaba que ciertas ideología corrompen y confunden a algunas personas conduciéndolas, por ejemplo, hacia la prostitución homosexual. (Sobre lo que sufren los hombres en la prostitución homosexual lea este artículo del diácono Edward Green, que trabaja con ellos)
Un abogado laicista famoso por sus pleitos anticlericales denunció al obispo Reig Pla por "provocación a la discriminación", pero en 2014 los tribunales sentenciaron que las palabras del obispo "no contienen incitación alguna al odio, a la discriminación o a la violencia contra los homosexuales". Otro varapalo para los pleitos anticatólicos.
Reig Pla ganó otro juicio en 2012 sobre el mismo sermón, contra la asociación Preeminencia del Derecho y colectivos LGTB. El juez constató que sus palabras "no contienen una injuria a los homosexuales en general ni tampoco una llamada a la discriminación por razón de su orientación sexual", y estableció que la referencia a la homosexualidad como una "inclinación desordenada" se puede sostener, afirma el auto, "al amparo de la libertad religiosa" y "no equivale en sentido estricto ni a una provocación al odio ni tampoco a una injuria".